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Artículo 36 del Decreto 1

Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882225.

Texto oficial

Artículo 36°.- El Departamento proporcionará a la Comisión Revalorizadora de Pensiones la asesoría técnica en el orden jurídico a que se refiere el inciso final del artículo 25 del texto refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de la Superintendencia.