Saltar al contenido

Artículo 51 del Decreto 1

Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882242.

Texto oficial

Artículo 51°.- El Departamento de Racionalización y Métodos mantendrá, en todo caso, antecedentes básicos sobre organización, procedimientos, métodos, personal y otras materias administrativas, tanto de la Superintendencia como de los organismos supervigilados por ella. Periódicamente, analizará y estudiará esos antecedentes, a fin de que la Superintendencia proponga u ordene las modificaciones sugeridas.