Texto oficial
Artículo 56°.- En cumplimiento de la obligación anterior, el Departamento cuidará de verificar que tanto los ingresos como los egresos aparezcan debidamente justificados con documentos auténticos.
Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882248.