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Artículo 57 del Decreto 1

Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882249.

Texto oficial

Artículo 57°.- Confeccionará, asimismo, anualmente, el cuadro resumen de los balances patrimoniales de los servicios controlados, el que será remitido, en primer término, al Departamento Actuarial para que éste formule los análisis y enuncie las conclusiones que procedan.