Texto oficial
Artículo 77.o- En los concursos a que se llame para proveer los cargos de Médicos Inspectores gozarán de preferencia los profesionales que invoquen servicios universitarios.
Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882270.