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Artículo 5 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131763.

Texto oficial

Artículo 5.o.- Para los fines del presente Estatuto y salvo que de su texto se desprenda un significado diverso, se entiende: 1.o- Por "Director", el Director de Impuestos Internos; 2.o- Por "Dirección", la Dirección Nacional de Impuestos Internos, y 3.o- Por "Servicio", el Servicio de Impuestos Internos.