Texto oficial
Artículo 33.o.- Los títulos profesionales universitarios a que se refiere el presente Estatuto deberán ser otorgados por una universidad del Estado o reconocida por éste.
Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131795.