Texto oficial
Artículo 35.o.- Para ingresar a cualquiera de los escalafones mencionados en el artículo 34.o será necesario someterse a un concurso de antecedentes o de antecedentes y de competencia de acuerdo con las bases que fije la Dirección.
Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131797.