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Artículo 36 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131798.

Texto oficial

Artículo 36.o.- Para ser designado en un cargo de los escalafones de Inspectores y Tasadores se requerirá no tener menos de 21 ni más de 40 años de edad a la fecha de su ingreso. Para ser designado en un cargo de los escalafones de Personal de Máquinas de Contabilidad y Estadística, Técnicos Ayudantes, Oficiales y Personal de Servicios Menores se requerirá no tener menos de 18 ni más de 40 años de edad a la fecha de su ingreso.