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Artículo 37 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131799.

Texto oficial

Artículo 37.o.- Para ser designado en los cargos de Jefes de Fiscalización Regional o Zonal y Administradores o Sub-Administradores de Zona, será necesario pertenecer al escalafón de Inspectores y para el cargo de Enólogo al escalafón de Químicos.