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Artículo 46 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131809.

Texto oficial

Artículo 46.o.- Los funcionarios en Servicio al 18 de Diciembre de 1962, que reúnan los requisitos exigidos por este Estatuto, podrán ser designados en los cargos de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, sin más formalidad que la de acreditar los requisitos de título correspondiente.