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Artículo 4 del Decreto 9

Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion de los predios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7402 · idParte: 8871295

Texto oficial

Artículo 4°- Para los efectos previstos en el presente decreto se tendrá por Plan de Desarrollo Regional Agrícola aquel elaborado, aprobado y puesto en vigor en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley N° 15.020.