Texto oficial
Art. 15º.- Para obtener la Licencia Deportiva
Náutica, el interesado deberá presentar ante la Autoridad
Marítima competente, directamente o a través de la
entidad, institución u organismo delegado, de acuerdo a lo
señalado en el artículo anterior, los siguientes
documentos:
a.- Solicitud escrita.
b.- Dos fotografías en color de cuatro por cuatro
centímetros.
c.- Certificado Médico que acredite poseer condiciones
físicas compatibles con el ejercicio de la actividad
deportiva náutica de que se trata.
d.- Acreditar el cumplimiento de los requisitos
establecidos en los artículos 20 y 23, según corresponda.
e.- Tratándose de menores de edad; autorización notarial
del padre, madre o guardador, según corresponda.