Texto oficial
Art. 23º.- Los requisitos para optar a la Licencia de
Buceador Deportivo Autónomo son los siguientes:
a.- La edad mínima será de 16 años.
b.- Poseer condiciones físicas compatibles con el
ejercicio de la actividad deportiva náutica de que se
trata.
c.- Aprobar los cursos de competencia o exámenes,
necesarios conforme lo dispuesto en el presente reglamento.