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Artículo 116 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778524.

Texto oficial

Artículo 116.- Será aplicable a estas aldeas campesinas lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 1 y en los artículos 2, 5, 6, 13, 14, 15 y 16 del decreto del Ministerio de Hacienda número RRA 6, de fecha 17 de Enero de 1963, sobre Aldeas Campesinas.