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Artículo 140 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7452 · idParte: 8778550

Texto oficial

Artículo 140.- Todos los cooperados responderán solidariamente de los préstamos hechos por la Corporación a su Cooperativa, siempre que se trate de préstamos de producción otorgados por un plazo no superior a dos años.