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Artículo 158 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778570.

Texto oficial

Artículo 158.- Las ventas de parcelas, huertos o sitios en villorrios que se hagan con intervención de la Corporación, en virtud de un convenio celebrado de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 31 a 39 estarán exentas de todo impuesto fiscal.