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Artículo 33 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782131.

Texto oficial

Artículo 33.- El acarreo de otras mercancías con REMESAS que se transporten según la modalidad de USO EXCLUSIVO se permitirá siempre que lo organice exclusivamente el REMITENTE y no esté prohibido por otros reglamentos.