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Artículo 42 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782142.

Texto oficial

Artículo 42.- Los MEDIOS DE TRANSPORTE utilizados para el transporte de MATERIALES DE BAJA ACTIVIDAD ESPECIFICA o de OBJETOS CONTAMINADOS EN LA SUPERFICIE en la modalidad de USO EXCLUSIVO, se exceptuarán del cumplimiento de los requisitos del artículo 41 solamente mientras permanezca en dicho USO EXCLUSIVO específico.