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Artículo 60 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782165.

Texto oficial

Artículo 60.- EL INDICE DE TRANSPORTE de cualquier BULTO o SOBREENVASE aislado no podrá ser superior a 10, excepto en el caso de REMESA en la modalidad de USO EXCLUSIVO.