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Artículo 153 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782286.

Texto oficial

Artículo 153.- Los BULTOS DEL TIPO B se diseñarán de modo que se ajusten a los requisitos especificados en los artículos 117 a 126, a los de los artículos 127 a 129, si se transportan por vía aérea, y a los artículos 136 a 150, sin perjuicio de lo especificado en la letra a) del artículo 160 y además, a los requisitos especificados en los artículos 154 a 160 y los artículos 162 a 168 o 169, según proceda.