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Artículo 170 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782306.

Texto oficial

Artículo 170.- Puede permitirse durante el transporte del venteo intermitente de los BULTOS DEL TIPO B (M), siempre que los controles operacionales para el venteo sean autorizados por la AUTORIDAD COMPETENTE.