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Artículo 242 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782405.

Texto oficial

Artículo 242.- Las APROBACIONES MULTILATERALES podrán tener lugar mediante refrendo del certificado original extendido por la AUTORIDAD COMPETENTE del país de origen del DISEñO o de la EXPEDICION. Dicho refrendo puede adoptar la forma del aval del certificado original o la expedición por separado de un aval, anexo, suplemento, etc. por la AUTORIDAD COMPETENTE del país a través del cual o al cual se efectúa la EXPEDICION.