Texto oficial
Artículo 17º.- Al subdepartamento de Planificación y
Auditoría Técnica le corresponderá asesorar al Director y
a los distintos Departamentos, en la preparación de los
proyectos de planes y programas del Instituto y en el
control y la evaluación de aquéllos que aprobare el
Director y tendrá a su cargo, además, las siguientes
funciones:
a) Prestar asesoría en la preparación de los proyectos
de garantía de la calidad y en la supervisión y
coordinación ejecutiva de aquéllos que aprobare el
Director;
b) Promover, coordinar y evaluar las acciones destinadas a
garantizar la calidad de los procesos técnicos y de
gestión del Instituto;
c) Actuar como auditoría técnica del Instituto, para
asegurar la observancia de los procedimientos y exigencias
técnicas fijadas por la Dirección, de acuerdo con normas
nacionales e internacionales de control de calidad;
d) Asesorar en la preparación de los proyectos técnicos,
de organización y métodos, administrativos e informáticos
del Instituto y en la supervisión y coordinación de
aquéllos que aprobare el Director;
e) Realizar los estudios que le asigne el Director y
coordinar los que éste encomiende en materias específicas
a profesionales especializados, y
f) Desempeñar las demás funciones que le encomiende el
Director, en las materias de su competencia.