Texto oficial
Artículo 41º.- Al Subdepartamento de Abastecimiento
le corresponderá:
a) Elaborar y proponer el programa anual de adquisiciones,
sobre la base de los requerimientos ordinarios de todas las
dependencias del Instituto; y ejecutar y controlar la
gestión de dicho programa, una vez aprobado;
b) Realizar las adquisiciones e importaciones de
productos, materias primas, insumos y demás elementos,
velar por la cantidad, calidad, oportunidad, almacenamiento
y distribución de esos elementos, y
c) Proporcionar la información necesaria para la
planificación y correcta ejecución del abastecimiento.