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Artículo 45 del Decreto 1222

Aprueba reglamento del instituto de salud publica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 75287 / 7210220.

Texto oficial

Artículo 45º.- La determinación de la estructura interna de los Subdepartamentos enumerados en el presente Título, será resuelta por el Director de acuerdo con las necesidades del Instituto y considerando la organización fijada en la ley y este reglamento.