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Artículo 6 de la Ley 19.517

Otorga recursos a la comision nacional de investigacion cientifica y tecnologica para materializar el aporte que le corresponde enterar como parte del proyecto astronomico gemini, regula su participacion en el y establece beneficios tributarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 75362 / 7210339.

Texto oficial

Artículo 6º.- Derógase el primer párrafo de la glosa 05 de la Partida 09, Capítulo 08, Programa 01, de la Ley Nº 19.486, que aprueba la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 1997, que establece: "Los montos de los recursos asignados al proyecto con cargo a este ítem, sólo podrán liberarse previa aprobación por el Congreso Nacional de los instrumentos representativos del proyecto, en conformidad al artículo 50, Nº 1, de la Constitución Política del Estado.".