Texto oficial
Artículo 6º.- Los oficiales de la Armada se
clasificarán y agruparán en los escalafones que se indican
a continuación, los que comprenderán los grados
jerárquicos que se señalan en cada caso:
I OFICIALES DE LINEA:
A. Escalafones de Armas:
1. Ejecutivos e Ingenieros Navales.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos de
Guardiamarina a Almirante, respecto de los Oficiales
Ejecutivos, y de Guardiamarina a Vicealmirante, respecto de
los Oficiales Ingenieros Navales.
2. Infantería de Marina.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos de
Guardiamarina a Contraalmirante.
B. Escalafón de Abastecimiento.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Guardiamarina a Contraalmirante.
C. Escalafón del Litoral.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Guardiamarina a Contraalmirante.
D. Escalafón de Mar.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Teniente 2º a Capitán de Navío.
II. OFICIALES DE LOS SERVICIOS:
A. Escalafón de Justicia.
B. Escalafón de Sanidad.
Los escalafones de Justicia y Sanidad comprenderán
los grados jerárquicos de Teniente 1º a Contraalmirante.
C. Escalafón de Sanidad Dental.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Teniente 1º a Capitán de Navío.
D. Escalafón de Prácticos de los Servicios
Marítimos.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Capitán de Corbeta y Capitán de Fragata.
E. Escalafón del Servicio Religioso.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Teniente 1º a Capitán de Navío.
F. Escalafón de Bandas.
Este escalafón comprenderá los grados jerárquicos
de Teniente 1º a Capitán de Corbeta.