Saltar al contenido

Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 76465 / 8595428.

Texto oficial

Artículo 28.- Corresponderá a las respectivas Direcciones del Personal o Comando de Personal establecer procedimientos técnicos y objetivos para seleccionar el personal que se propondrá a la autoridad facultada para efectuar el respectivo nombramiento o contratación, debiéndose evaluar los antecedentes que presenten los postulantes y las pruebas que hubieren rendido, si así se exigiere, de acuerdo a las características de los cargos que se fueren a proveer o servicios que se contraten.