Texto oficial
Artículo 75.- El sistema de calificaciones tendrá por
objeto evaluar el desempeño funcionario del personal afecto
a este estatuto, de acuerdo con las características de su
empleo, el grado jerárquico, su especialidad y exigencias
del respectivo cargo.
Las calificaciones servirán de base para resolver la
permanencia, la eliminación del servicio o la prórroga del
respectivo contrato cuando corresponda, como asimismo, para
determinar la procedencia de los ascensos, mandos,
destinaciones o comisiones del personal.
Serán elementos básicos del sistema de
calificaciones, la hoja de vida, la hoja de calificación y
la clasificación del personal.