Texto oficial
Artículo 210.- El personal tendrá derecho a ser defendido
y a exigir que la Institución a la que pertenezca persiga
la responsabilidad civil y criminal de las personas que
atenten contra su vida o su integridad corporal con motivo
del desempeño de sus funciones o que, por dicho motivo, los
injurien o calumnien.