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Artículo 218 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 76465 / 8595649.

Texto oficial

Artículo 218.- Los oficiales ,el personal del cuadro permanente y de gente de mar, y de tropa profesional, tendrán derecho a que se les provea de vestuario y equipo militar, necesarios para el desempeño de sus funciones, conforme se determine en la reglamentación respectiva.