Texto oficial
Artículo 260.- Anualmente se incluirá en la Ley de
Presupuesto la provisión de fondos necesarios para
financiar becas en las Fuerzas Armadas para estudiantes
universitarios que cursen los seis últimos semestres de las
carreras de derecho, medicina, odontología, sicología,
ingeniería y veterinaria, con una asignación por beca
equivalente al sueldo base grado 14 de la escala de sueldos
de las Fuerzas Armadas, con el objeto de que al recibir su
título profesional ingresen a prestar servicios en la
Institución que le otorgó la respectiva beca.