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Artículo 2 de la Ley 19.531

Reajusta e incrementa las remuneraciones del poder judicial modifica el decreto ley nº 3.058, de 1979 crea el departamento de recursos humanos en la corporacion administrativa del poder judicial, y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 76749 · idParte: 8526526

Texto oficial

Artículo 2º.- Establécese a partir del 1 de enero de los años 1997, 1998, 1999 y 2000 una asignación de responsabilidad superior para el personal del escalafón superior del Poder Judicial ubicado en los grados I al VII de la escala de sueldos bases mensuales establecidos en el decreto ley Nº 3.058, de 1979, de los montos mensuales que en cada caso se indica, para cada grado: Grado Años 1997 1998 1999 2000 I 46.713 186.850 513.838 934.251 II 32.500 130.000 357.500 650.000 III 14.098 56.392 155.079 281.962 IV 10.000 40.000 110.000 200.000 V 7.500 30.000 82.500 150.000 VI 5.931 23.723 65.237 118.613 VII 3.812 15.247 41.927 76.229 La asignación de que trata este artículo no corresponderá a las autoridades de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, señaladas en el artículo 11 de la ley Nº 18.969, ni al jefe del departamento de recursos humanos de dicha Corporación.