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Artículo 4 transitorio de la Ley 19.532 · Crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 76753 / 8462302.

Texto oficial

Artículo 4º.- La aplicación del régimen de jornada escolar completa diurna no podrá generar, por sí misma, exclusiones de los alumnos matriculados en el establecimiento al 30 de junio del año anterior, ni supresión de niveles de enseñanza por los que el sostenedor respectivo percibió subvención educacional a igual fecha.