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Artículo 33 del Decreto 22

Estatuto orgánico y de funcionamiento del servicio nacional de obras sanitarias

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7692 / 8826408.

Texto oficial

Artículo 33°: La renta de arrendamiento de los bienes inmuebles, no podrá exceder del 20% del avalúo fiscal ni ser inferior al mismo, según se trate de tomar o dar arrendamiento, respectivamente. No obstante, por resolución fundada del Director Nacional del Servicio e informe del Director Regional, en su caso, se podrá pactar una renta que exceda los límites señalados.