Texto oficial
Artículo 5º.- El mayor gasto que irrogue el pago de los beneficios establecidos en la presente ley, será de cargo exclusivamente municipal.
Otorga asignacion y concede beneficios que indica a los funcionarios municipales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 77070 / 8307600.