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Artículo 5 de la Ley 19.529 · Otorga asignacion y concede beneficios que indica a los funcionarios municipales

Otorga asignacion y concede beneficios que indica a los funcionarios municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 77070 / 8307600.

Texto oficial

Artículo 5º.- El mayor gasto que irrogue el pago de los beneficios establecidos en la presente ley, será de cargo exclusivamente municipal.