Texto oficial
Artículo 37°.- El Consejo Administrativo o el Jefe de
Servicio de Bienestar, en su caso, serán responsables del
envío a la Superintendencia del proyecto de presupuesto
dentro del plazo que ésta haya fijado al efecto. En caso de
incumplimiento deberá investigarse la responsabilidad
administrativa involucrada.