Texto oficial
Artículo 5°.- La División de Planificación, Estudios
e Inversión tendrá a su cargo la realización de los
estudios, proposiciones y demás trabajos que sirvan de base
para la identificación y elaboración de recomendaciones de
políticas globales y sectoriales del Ministerio, así como
el registro de proyectos del sector público y la
evaluación de los mismos. De igual modo, le corresponderá
evaluar el impacto en el medio ambiente de los planes y
proyectos de desarrollo nacional y regional.
Esta División estará compuesta por el Departamento de
Inversiones, por el Departamento de Planificación y
Estudios Sociales, por el Departamento de Planificación y
Estudios Económicos y el Departamento de Pequeña
Producción.