Texto oficial
Artículo 4º.- La bonificación de que trata esta ley no será imponible para efectos de salud y de pensiones y no servirá de base para el cálculo de ninguna otra remuneración o beneficio legal.
Concede una bonificacion extraordinaria para enfermeras y matronas que se desempeñan en condiciones que indica, en los establecimientos de los servicios de salud
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 81502 / 7216439.