Texto oficial
Artículo 1.2.3. El propietario primer vendedor de una
construcción será responsable por todos los daños y
perjuicios que provengan de fallas o defectos en ella
producidos como consecuencia de su diseño y/o de su
construcción, sea durante su ejecución o después de
terminada, sin perjuicio de su derecho a repetir en contra
de quienes él estime responsables.