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Artículo 4.1.12. (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 47

Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 8201 · idParte: 100018462

Texto oficial

Artículo 4.1.12. Todas las instalaciones mecánicas, cuyo funcionamiento pueda producir ruidos o vibraciones molestas a los moradores del edificio, deberán consultar la aislación acústica necesaria y los dispositivos especiales que impidan las trepidaciones.