Texto oficial
Artículo 4.2.29. Todas las vías de evacuación y sus
accesos deben identificarse mediante señales de gráfica
adecuada.
En cada caso deben contemplarse las señales necesarias
para facilitar la evacuación de los ocupantes hasta el
exterior, minimizando cualquier posibilidad de confusión
durante el recorrido de escape en situaciones de emergencia.