Texto oficial
Artículo 1.4.21. La Dirección de Obras Municipales
deberá exhibir en el acceso principal de sus oficinas,
durante el plazo de sesenta días contados desde la fecha de
su aprobación u otorgamiento, una nómina con los
anteproyectos, subdivisiones y permisos otorgados conforme
al artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones.
Para tales efectos, la nómina que se exhibirá
contendrá, a lo menos, los siguientes antecedentes:
a. Número y fecha del correspondiente permiso, de la
resolución o autorización que sanciona el anteproyecto o
proyecto.
b. Nombre de el o los propietarios.
c. Dirección del predio en que se emplaza el anteproyecto
o proyecto.
d. Nombre de los profesionales competentes que hubieren
intervenido en su elaboración.
e. Descripción o extracto del anteproyecto o proyecto
respectivo.
f. Número y fecha del Certificado de Informaciones
Previas que sirvió de base para la presentación del
anteproyecto o proyecto.
g. Normas especiales a las cuales se acoge.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Obras,
en el mismo plazo de sesenta días, deberá informar de
tales actuaciones al Concejo Municipal y a las Juntas de
Vecinos de la unidad vecinal correspondiente; asimismo, se
deberá mantener a disposición de cualquier persona que lo
requiera, los antecedentes completos relacionados con dichas
aprobaciones o permisos.