Saltar al contenido

Artículo 2.3.4. (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 47

Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 8201 · idParte: 8733703

Texto oficial

Artículo 2.3.4. El ancho mínimo entre líneas oficiales con que se deben proyectar los distintos tipos de vías públicas vehiculares y peatonales, con motivo de la urbanización de terrenos, será el que indique el respectivo Instrumento de Planificación Territorial o, en caso de no contemplarlo, el que se señala en la siguiente tabla: Desplazamiento Tipo Vía Bidireccional Unidireccional Vía expresa 50 m - Vía troncal 30 m 20 m Vehicular Vía colectora 20 m 15 m Vía de servicio 15 m 15 m Vía local 11 m 11 m Pasajes de 50 m o más 8 m Peatonal Pasajes de menos de 50 m 6 m Pasajes en pendiente elevada 4 m