Texto oficial
Artículo 4.7.23. Las salas destinadas a los
espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o
de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de
calefacción, proyectadas en consideración a las
condiciones climáticas locales.
Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8201 / 8733818.