Texto oficial
Artículo 4.9.5. Las duchas, tinas y lavamanos de estos
establecimientos deberán tener agua caliente.
Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8201 / 8733830.