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Artículo 2.8.3. (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 47

Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
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Texto oficial

Materialización de estudios, proyectos, obras y medidas consideradas o no en los Planes Comunales e Intercomunales de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público Artículo 2.8.3. En los casos que se apruebe, expresamente o por silencio positivo, que el Aporte al Espacio Público se materialice a través de la ejecución de los estudios, proyectos, obras y medidas, de acuerdo al artículo 179 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se entenderá que dichos estudios, proyectos, obras y medidas pasan a ser parte de la cartera priorizada a que se refieren los artículos precedentes.