Texto oficial
Artículo 30°.-
Todos los llamados a Concurso para la contratación de
un Trabajo de Consultoría serán públicos, sin perjuicio
de lo establecido en el inciso 2° del articulo 2.
Para este fin, la Dirección o la Secretaría Regional
Ministerial correspondiente, ordenará las publicaciones en
el Diario Oficial y otros medios de comunicación que estime
conveniente.
El llamado a Concurso indicará área, especialidad,
categoría en que deberán estar inscritos los Consultores,
fecha, hora y lugar de la apertura de las Ofertas Técnicas
y Económicas.
Los llamados a inscripción en Registros Especiales
deberán ser publicados en la misma forma señalada en este
artículo.