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Artículo 70 del Decreto 48

Deroga decreto n° 334, de 1984 y sus modificaciones posteri0res y aprueba nuevo reglamento para contratacion de trabajos de consultoria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8226 / 7134699.

Texto oficial

Artículo 70°- El Ministerio se encargará de la obtención de los permisos de acceso a los lugares de trabajo en los terrenos cuando el contrato así lo establezca o si durante la ejecución de ellos, fuere necesario contar con una autorizacion especial para desarrollarlos. Esta última situación será analizada por el Inspector Fiscal respectivo.